Criterio administrativo · Modificado
1955
Práctica administrativa de permisos por evento
Sin reglamento detallado, la autoridad llena los huecos de la ley con criterios, oficios y autorizaciones concretas.
Última revisión de esta ficha: agosto de 2026
Qué es
Durante casi seis décadas, la ley de 1947 operó sin un reglamento que desarrollara sus términos. La administración federal resolvió mediante criterios y autorizaciones específicas: permisos por evento, por temporada o por establecimiento, con condiciones fijadas caso por caso.
Contexto histórico
Una ley de pocos artículos aplicada a una realidad económica cambiante produce necesariamente práctica administrativa. El resultado fue un sistema funcional pero poco predecible, donde el precedente pesaba más que el texto.
Qué cambió
Introdujo distinciones operativas que después recogería el reglamento de 2004: tipos de permiso, vigencias, requisitos de infraestructura y obligaciones de reporte.
Antes y después
Antes
- La ley enumeraba actividades sin detallar requisitos ni procedimientos.
- Cada solicitud se resolvía sin un marco procedimental publicado.
- La duración y las condiciones variaban sin criterio uniforme.
Después
- Se consolidan tipos de permiso y plazos habituales.
- Aparecen condiciones de operación y de reporte a la autoridad.
- El precedente administrativo se vuelve la referencia práctica del sector.
Qué significa hoy
- Superada en lo procedimental por el reglamento de 2004, que publicó y ordenó gran parte de esta práctica. Conserva interés histórico para entender por qué el reglamento resultó tan decisivo.
- La edad mínima para el juego permitido en México es de 18 años cumplidos, y comprobarla corresponde al permisionario.
- En materia fiscal y para el estatus vigente de cualquier disposición, consulta fuentes oficiales.
Fuentes oficiales
- Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
- Secretaría de Gobernación — Dirección General de Juegos y Sorteos
- Doctrina y estudios jurídicos sobre juegos y sorteos