Reglamento · Vigente
2004
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Desarrolla la ley de 1947: tipos de permiso, requisitos, vigencias y obligaciones de operación.
Última revisión de esta ficha: agosto de 2026
Qué es
Norma publicada en el Diario Oficial de la Federación en septiembre de 2004. No modifica la ley: la desarrolla. Conforme al reglamento, un permisionario debe obtener autorización previa para cada establecimiento, cumplir requisitos de infraestructura y control interno, y sujetarse a verificación por parte de la autoridad. Detalla asimismo las condiciones de los sorteos y de los sistemas de captación de apuestas asociados a eventos permitidos.
Contexto histórico
Cincuenta y siete años de aplicación sin reglamento habían producido inseguridad jurídica para todas las partes. El reglamento traduce un texto de 1947 al lenguaje operativo del siglo XXI, sin necesidad de una ley nueva que el Congreso nunca logró aprobar.
Qué cambió
Es la norma que define el paisaje actual: los establecimientos que hoy existen en las principales ciudades operan bajo el régimen que este reglamento ordenó.
Antes y después
Antes
- Práctica administrativa dispersa y poco predecible.
- Requisitos de operación fijados caso por caso.
- Verificación sin marco procedimental publicado.
Después
- Tipos de permiso, requisitos, vigencias y renovaciones publicados.
- Obligaciones de control interno, registro y verificación de la edad.
- Procedimiento de vigilancia y consecuencias del incumplimiento.
Qué significa hoy
- Vigente, con reformas posteriores. Consulta la versión actualizada en fuentes oficiales antes de citar un artículo concreto.
- La edad mínima para el juego permitido en México es de 18 años cumplidos, y comprobarla corresponde al permisionario.
- En materia fiscal y para el estatus vigente de cualquier disposición, consulta fuentes oficiales.
Fuentes oficiales
- Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
- Secretaría de Gobernación — Dirección General de Juegos y Sorteos